Convocan en redes a una gran
marcha el primero de diciembre para pedir la renuncia de AMLO
Convoca la derecha mexicana a una gran marcha el
primero de diciembre para pedir la renuncia de Andrés Manuel López Obrador.
Como presidente de México
La derecha Mexicana, es igual que en todo el mundo,
prácticamente es asimétrica, yo diría que es igual, principalmente los azules, estos panistas de
doble cara. La derecha como en todo el mundo son unos miserables, ignorantes
racistas, clasistas, hipócritas, de doble moral, reaccionarias y golpistas. Ahora resulta que son hasta feministas, y organizan marchas como la marcha feminista del 8 de marzo.
Así como Gilberto Lozano, quien pidió un golpe de Estado contra el presidente Andrés ManuelLópez Obrador. Después del golpe de Estado en Bolivia. Este que se hace llamar Presidente del Congreso Nacional
Ciudadano, y se autonombra activista y censurado por los medios, no a parado de
hacer política y hacerse notar en las redes, el poder de convocatoria
prácticamente es nulo, salvo los golpistas de derecha de siempre, esta minoría
rapaz de elite.
Para el primero de diciembre del año en curso han
convocado a una masiva marcha, para pedir la renuncia de Andrés Manuel LópezObrador como presidente constitucional
de México, a lo que ellos llaman una dictadura.
Los bots en las redes no funcionan como en las calles,
no reúnen ni a cien personas en los Estados. El pretexto son los malos
resultados del presidente en turno. Cosa que también es falsa
Pero ese es el grabe problema de México, a un
presidente no se le pude pedir la renuncia, por los malos resultados de sus
gobierno, ni su antecesor Enrique Peña Nieto renuncio y que casi se incendia el
país, por las protestas y marchas, quienes pedían su inmediata renuncia, a
pesar de la podredumbre y corrupción.
Si fuera por los malos resultados en el primer año
tanto Felipe Calderón como Vicente Fox, tendrían que haber renunciado pero estos en su lugar aprobaron leyes mas
duras para recriminar y reprimir protestas sociales y no modificaron la ley por
que en ese entonces les convenía, más bien la adecuaron a sus intereses
personales.
El usurpador de Felipe Calderón para evitar marchas y
el descontento social, por el gran fraude pues se invento una pándememía HNN1, influían miedo para evitar
concentraciones y contagios.
Que dice la constitución
respecto a la renuncia del presidente:
El presidente de los Estados Unidos Mexicanos es el
titular del poder ejecutivo de dicho país. Es, a la vez, jefe de Estado y jefe
de gobierno. Asimismo, es el comandante supremo de las Fuerzas Armadas.
Es elegido mediante voto
directo y universal. Una vez electo, entra en funciones el 1º de diciembre del
año de la elección. Su cargo dura un periodo de seis años, sin posibilidad de
reelección; ni siquiera en el caso de haberlo desempeñado como interino,
provisional o sustituto. El cargo de presidente de la República solo es
renunciable por causa grave, que deberá ser calificada por el Congreso de la
Unión. En caso de muerte, destitución o renuncia, asume de manera inmediata y
provisional el cargo el Secretario de Gobernación (si la ausencia es el día de
la toma de posesión, sería el presidente del Senado, el mandatario
provisional), después, con las reservas que contempla la constitución,
corresponde al Congreso nombrar un sustituto o interino.
El cargo existe desde su
inclusión en la Constitución de 1824, siendo su primer titular Guadalupe
Victoria desde el 10 de octubre de aquel año. En suma 65 individuos ocuparon en
106 periodos distintos la presidencia de la república, ya fuera de manera
constitucional, provisional, interina, sustituta o incluso de facto; estos
números causados en gran medida por la constante inestabilidad vivida por el
país en su primer siglo de vida independiente. De tal manera, que en esa primer
centuria, solo cuatro mandatarios concluyeron el periodo constitucional para el
que fueron electos.
La vigente Constitución de
1917 prevé dicho cargo en su título tercero, capítulo tercero y es abordado por
quince artículos. En ellos se especifican las
obligaciones, facultades, requisitos y restricciones al cargo; especificaciones
que van desde el mando de las fuerzas armadas; la titularidad de las políticas
exterior, económica, desarrollo social y de seguridad pública; la promulgación
y ejecución de las leyes emitidas por el poder legislativo; proponer
nombramientos a cargos que requieren aprobación del Senado o la Suprema Corte;
y diversas prerrogativas concedidas en otros artículos de la misma carta magna
y las leyes federales.
El presidente es la cabeza de
la Administración Pública Federal y es auxiliado por un gabinete compuesto por
varias Secretarías de Estado, dependencias federales, organismos
descentralizados y empresas paraestatales, los cuales tienen a su cargo
diversas carteras de interés público, además de distintos asesores adscritos a
la llamada Oficina de la Presidencia.
Históricamente su protección
corrió a cargo de un Estado Mayor Presidencial, que fue el órgano técnico
militar que auxiliaba al presidente de la República en la obtención de
información general, planificaba las actividades personales propias del cargo,
realizaba las prevenciones para su seguridad, y participaba en la ejecución de
las actividades procedentes para estos efectos. Sin embargo la estructura de
este fue disuelta a partir del 1 de diciembre de 2018. El resguardo del
presidente quedó en manos de un grupo de profesionistas con adiestramineto en
materia de seguridad personal y sin armas, conocidos como Ayudantía e integrado
por 20 personas; a la par elementos con experiencia, del también desaparecido
Cuerpo de Guardias Presidenciales, adscritos al Ejercito Mexicano, vigila áreas
y zonas de trabajo del mandatario.
La Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos contempla en su artículo 86
la renuncia del Presidente de la República.
El artículo dice: “El cargo de
Presidente de la República sólo es renunciable por causa grave, que calificará
el Congreso de la Unión, ante el que se presentará la renuncia.”
Por lo tanto, para que el Presidente de México
presente su renuncia ante el Congreso de la Unión y éste la acepte, la
situación política del país tiene que haberse tornado sumamente crítica.
El artículo 73 de la Constitución en su fracción XXVII
reconoce la facultad del Congreso de la Unión para aceptar la renuncia del
presidente de la República. Pero para hacerlo sólo las circunstancias
específicas que rodean la presentación de la renuncia determinarán el juicio
que se forme en el Congreso acerca de si la causa es grave o no lo es.
ANTECEDENTES
La Cámara de Diputados de la XXVI Legislatura del
Congreso de la Unión, aceptó la renuncia del presidente Francisco I. Madero y
del vicepresidente José María Pino Suárez el 19 de febrero de 1913 en
condiciones críticas derivadas del poder de facto que disponía Victoriano
Huerta, quien ya se había proclamado encargado del Poder del Ejecutivo.
Les diré a los panistas de doble moral en la marcha que los únicos,
que valen son los poderes fácticos. Ellos decían en las marchas contra Felipe calderón,
A iniciativa del ejecutivo, Andrés Manuel López Obrador
y de la actual legislatura ya existe un mecanismo legal en el cual se puede evaluar al presidente en
funciones y de acuerdo a resultados ó a la percepción ciudadana y es el
plebiscito y referéndum, en el cual los ciudadanos le otorgan el voto de confianza
para que continúe o el voto de castigo para que renuncie, pero son tan
imbéciles que dijeron que ese era un mecanismo por el cual el presidente
buscaba su reelección.
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