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sábado, 23 de noviembre de 2019

Convocan en redes a una gran marcha el primero de diciembre para pedir la renuncia de AMLO




Convocan en redes a una gran marcha el primero de diciembre para pedir la renuncia de AMLO

Convoca la derecha mexicana a una gran marcha el primero de diciembre para pedir la renuncia de Andrés Manuel López Obrador. Como presidente de México


La derecha Mexicana, es igual que en todo el mundo, prácticamente es asimétrica, yo diría que es igual,  principalmente los azules, estos panistas de doble cara. La derecha como en todo el mundo son unos miserables, ignorantes racistas, clasistas, hipócritas, de doble moral, reaccionarias y golpistas. Ahora resulta que son hasta feministas, y organizan marchas como la marcha feminista del 8 de marzo.


Así como Gilberto Lozano, quien pidió un golpe de  Estado contra el presidente Andrés ManuelLópez Obrador. Después del golpe de Estado en Bolivia. Este que se hace llamar Presidente del Congreso Nacional Ciudadano, y se autonombra activista y censurado por los medios, no a parado de hacer política y hacerse notar en las redes, el poder de convocatoria prácticamente es nulo, salvo los golpistas de derecha de siempre, esta minoría rapaz de elite.




Para el primero de diciembre del año en curso han convocado a una masiva marcha, para pedir la renuncia de Andrés Manuel LópezObrador  como presidente constitucional de México, a lo que ellos llaman una dictadura.

Los bots en las redes no funcionan como en las calles, no reúnen ni a cien personas en los Estados. El pretexto son los malos resultados del presidente en turno. Cosa que también es falsa

Pero ese es el grabe problema de México, a un presidente no se le pude pedir la renuncia, por los malos resultados de sus gobierno, ni su antecesor Enrique Peña Nieto renuncio y que casi se incendia el país, por las protestas y marchas, quienes pedían su inmediata renuncia, a pesar de la podredumbre y corrupción.  




Si fuera por los malos resultados en el primer año tanto Felipe Calderón como Vicente Fox, tendrían que haber renunciado  pero estos en su lugar aprobaron leyes mas duras para recriminar y reprimir protestas sociales y no modificaron la ley por que en ese entonces les convenía, más bien la adecuaron a sus intereses personales.

El usurpador de Felipe Calderón para evitar marchas y el descontento social, por el gran fraude pues se invento una pándememía  HNN1, influían miedo para evitar concentraciones y contagios.





Que dice la constitución respecto a la renuncia del presidente:

El presidente de los Estados Unidos Mexicanos es el titular del poder ejecutivo de dicho país. Es, a la vez, jefe de Estado y jefe de gobierno. Asimismo, es el comandante supremo de las Fuerzas Armadas.

Es elegido mediante voto directo y universal. Una vez electo, entra en funciones el 1º de diciembre del año de la elección. Su cargo dura un periodo de seis años, sin posibilidad de reelección; ni siquiera en el caso de haberlo desempeñado como interino, provisional o sustituto. El cargo de presidente de la República solo es renunciable por causa grave, que deberá ser calificada por el Congreso de la Unión. En caso de muerte, destitución o renuncia, asume de manera inmediata y provisional el cargo el Secretario de Gobernación (si la ausencia es el día de la toma de posesión, sería el presidente del Senado, el mandatario provisional), después, con las reservas que contempla la constitución, corresponde al Congreso nombrar un sustituto o interino.

El cargo existe desde su inclusión en la Constitución de 1824, siendo su primer titular Guadalupe Victoria desde el 10 de octubre de aquel año. En suma 65 individuos ocuparon en 106 periodos distintos la presidencia de la república, ya fuera de manera constitucional, provisional, interina, sustituta o incluso de facto; estos números causados en gran medida por la constante inestabilidad vivida por el país en su primer siglo de vida independiente. De tal manera, que en esa primer centuria, solo cuatro mandatarios concluyeron el periodo constitucional para el que fueron electos.

La vigente Constitución de 1917 prevé dicho cargo en su título tercero, capítulo tercero y es abordado por quince artículos. En ellos se especifican las obligaciones, facultades, requisitos y restricciones al cargo; especificaciones que van desde el mando de las fuerzas armadas; la titularidad de las políticas exterior, económica, desarrollo social y de seguridad pública; la promulgación y ejecución de las leyes emitidas por el poder legislativo; proponer nombramientos a cargos que requieren aprobación del Senado o la Suprema Corte; y diversas prerrogativas concedidas en otros artículos de la misma carta magna y las leyes federales.

El presidente es la cabeza de la Administración Pública Federal y es auxiliado por un gabinete compuesto por varias Secretarías de Estado, dependencias federales, organismos descentralizados y empresas paraestatales, los cuales tienen a su cargo diversas carteras de interés público, además de distintos asesores adscritos a la llamada Oficina de la Presidencia.

Históricamente su protección corrió a cargo de un Estado Mayor Presidencial, que fue el órgano técnico militar que auxiliaba al presidente de la República en la obtención de información general, planificaba las actividades personales propias del cargo, realizaba las prevenciones para su seguridad, y participaba en la ejecución de las actividades procedentes para estos efectos. Sin embargo la estructura de este fue disuelta a partir del 1 de diciembre de 2018. El resguardo del presidente quedó en manos de un grupo de profesionistas con adiestramineto en materia de seguridad personal y sin armas, conocidos como Ayudantía e integrado por 20 personas; a la par elementos con experiencia, del también desaparecido Cuerpo de Guardias Presidenciales, adscritos al Ejercito Mexicano, vigila áreas y zonas de trabajo del mandatario.


La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contempla en su artículo 86 la renuncia del Presidente de la República.

El artículo dice: “El cargo de Presidente de la República sólo es renunciable por causa grave, que calificará el Congreso de la Unión, ante el que se presentará la renuncia.”

Por lo tanto, para que el Presidente de México presente su renuncia ante el Congreso de la Unión y éste la acepte, la situación política del país tiene que haberse tornado sumamente crítica.

El artículo 73 de la Constitución en su fracción XXVII reconoce la facultad del Congreso de la Unión para aceptar la renuncia del presidente de la República. Pero para hacerlo sólo las circunstancias específicas que rodean la presentación de la renuncia determinarán el juicio que se forme en el Congreso acerca de si la causa es grave o no lo es.

ANTECEDENTES

La Cámara de Diputados de la XXVI Legislatura del Congreso de la Unión, aceptó la renuncia del presidente Francisco I. Madero y del vicepresidente José María Pino Suárez el 19 de febrero de 1913 en condiciones críticas derivadas del poder de facto que disponía Victoriano Huerta, quien ya se había proclamado encargado del Poder del Ejecutivo.


Les diré a los panistas de doble moral en la marcha que los únicos, que valen son los poderes fácticos. Ellos decían en las marchas contra Felipe calderón,

A iniciativa del ejecutivo, Andrés Manuel López Obrador y de la actual legislatura ya existe un mecanismo legal en  el cual se puede evaluar al presidente en funciones y de acuerdo a resultados ó a la percepción ciudadana y es el plebiscito y referéndum, en el cual los ciudadanos le otorgan el voto de confianza para que continúe o el voto de castigo para que renuncie, pero son tan imbéciles que dijeron que ese era un mecanismo por el cual el presidente buscaba su reelección.
Jesús Hoyos Hernández

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